Control Disciplinario
Tipo de Proceso
Procesos de Apoyo
Control Disciplinario
Objetivo
Salvaguardar la función pública mediante el ejercicio del control disciplinario adelantando los procesos por la presunta incursión en conductas que afecten la función o el cargo en ejercicio por parte de los/las servidores/as públicos/as, atendiendo la finalidad prevista en el Artículo 23 de la ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario), modificado por la Ley 2094 de 2021.
Responsable o Lider de Proceso
Oficina de Asuntos Disciplinarios
Alcance
Aplica a la totalidad de las etapas del proceso disciplinario tanto en instrucción como en juzgamiento hasta la sanción o absolución de los servidores en primera instancia o disponiendo el archivo de las quejas. Igualmente aplica a los/las servidores/as públicos/as que presta sus servicios a la Secretaria Distrital de Gobierno en calidad de funcionario de planta, provisional y de libre nombramiento y remoción. Quienes presten sus servicios a través de un contrato de prestación de servicios solo serán objeto de investigación disciplinaria por parte de la Procuraduría General de la Nación de conformidad con el artículo 69 de la ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario), modificado por la Ley 2094 de 2021.
Documentación Relacionada
Código
CDS-C
Versión
3.00
Vigencia
Viernes, Septiembre 8, 2023
Dependencias que participan
¿Olvidaste tu contraseña?
Al hacer clic en el botón Restaurar contraseña usted está aceptando continuar con el proceso de restauración de contraseña y con la política de protección de datos de la entidad
*No aplica para Orfeo