Control Disciplinario
Tipo de Proceso
Procesos de Apoyo
Control Disciplinario
Objetivo
Salvaguardar la función pública mediante el ejercicio del control disciplinario adelantando los procesos por la presunta incursión en conductas que afecten la función o el cargo en ejercicio por parte de los/las servidores/as públicos/as, atendiendo la finalidad prevista en el Artículo 22 de la ley 734 de 2002 (Código Único Disciplinario).
Responsable o Lider de Proceso
Oficina de Asuntos Disciplinarios
Alcance
Aplica a la totalidad de las etapas del proceso disciplinario tanto el ordinario como el verbal hasta la sanción o absolución de los servidores en primera instancia o disponiendo el archivo de las quejas. Igualmente aplica a los/las servidores/as públicos/as que presta sus servicios a la Secretaria Distrital de Gobierno en calidad de funcionario de planta, provisional y de libre nombramiento y remoción. Quienes presten sus servicios a través de un contrato de prestación de servicios solo serán objeto de investigación disciplinaria por parte de la Procuraduría General de la Nación de conformidad con el artículo 53 de la ley 734 de 2002 en concordancia con la ley 1474 de 2011 estatuto anticorrupción.
Documentación Relacionada
Código
CDS-C
Versión
2.00
Vigencia
Viernes, Marzo 26, 2021
Dependencias que participan
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